Aquí puede consultar las preguntas frecuentes del canal de denuncias anónimas de OXIGEN salud.
El canal ético es un medio de comunicación confidencial y anónimo para que pueda informarnos de aquellos incumplimientos de las normas establecidas en nuestro Código de Conducta y de aquellas conductas contrarias a la legalidad o a las normas vigentes aplicables a nuestra entidad.
Es la persona que denuncia o alerta sobre un posible incumplimiento de nuestro Código de Conducta u otras normas internas de obligado cumplimiento o de un ilícito que se haya podido cometer utilizando los medios de nuestra entidad, con el fin de que los hechos aportados sean investigados.
Es un canal abierto a todas aquellas personas que pudieran comunicar de buena fe unos hechos que puedan contravenir nuestro Código de Conducta interno o el ordenamiento penal, es decir, clientes, proveedores, asesores/consultores, empleados, ex-empleados, o cualquier otra persona relacionada nuestra entidad.
En este canal se pueden denunciar las siguientes conductas:
1.Salud Pública
2.Seguridad en el transporte
3.Protección del medioambiente
4.Protección de los consumidores
5.Competencia
6.Contratación Pública
7.Prevención de blanqueo de capitales
8.Impuesto de Sociedades
9.Intereses financieros de la Unión Europea
10.Protección de datos personales y la intimidad
11.Seguridad de las redes y sistemas de información
12.Incumplimiento del Código de Conducta
13.Incumplimiento de la legislación vigente
14.Incumplimiento de la normativa interna
Si quiere reportar otro tipo de situaciones, por favor utilice la vía establecida a tal efecto.
La vía más adecuada para reportar este tipo de situaciones es el procedimiento singular específicamente regulado en el Plan de Igualdad. Por favor, siga las indicaciones establecidas en el mismo para poder denunciar los hechos.
El Canal Ético está gestionado por Oxigen Salud quien se encarga de recibir las denuncias y de decidir sobre la idoneidad de abrir un expediente de investigación interno, con la colaboración de profesionales externos expertos en la materia.
Los gestores del canal podrán responder en los siguientes términos en función de cada caso:
•Redirigirle al canal adecuado para su comunicación en caso de no ser el canal ético el apropiado por el tipo de tema.
•Solicitar ampliación de información si consideran que hay indicios, pero resultan insuficientes.
•Archivar la comunicación si se considera que no existen indicios suficientes o la comunicación se ha hecho de mala fe.
Abrir expediente de investigación en caso de determinarse de lo comunicado que existen suficientes indicios de un presunto ilícito o incumplimiento.
Se emitirá un acuse de recibo en un plazo de siete días a partir de la recepción de la comunicación.
Se dará respuesta en el plazo más breve que permita la complejidad de la instrucción y la normativa aplicable.
Está estrictamente prohibido adoptar represalias o medidas sancionadoras contra cualquier persona que, de buena fe, denuncie a través del Canal Ético los incumplimientos de que tenga conocimiento.
El denunciante deberá tener motivos razonables para creer que los hechos que presenta son ciertos. Esta protección no se perderá cuando la información resulte inexacta, pero se pueda asociar a un error cometido de buena fe. Quedan excluidas de esta protección las denuncias malintencionadas, frívolas o abusivas o que deliberada y conscientemente faciliten información incorrecta o engañosa.
Se habrá de garantizar la protección y confidencialidad de la identidad del denunciante, y de cualquier tercero mencionado en la comunicación, frente a cualquier acceso por personas no autorizadas. No se podrá revelar la identidad del denunciante sin su consentimiento expreso a ninguna persona que no sea un miembro autorizado del personal competente para recibir o seguir denuncias. Lo anterior también se aplicará a cualquier otra información de la que se pueda deducir directa o indirectamente la identidad del denunciante.
El denunciado tiene derecho a la tutela judicial efectiva y a un juez imparcial, así como a la presunción de inocencia y al derecho de defensa, incluido el derecho a ser oídos y el derecho a acceder a su expediente. La identidad del denunciado estará protegida mientras cualquier investigación desencadenada por la denuncia o la revelación pública esté en curso y se le habrán de aplicar en todo caso las mismas garantías de confidencialidad y protección de datos personales contempladas para la protección de la identidad del denunciante.
En caso de que la denuncia afecte al Responsable de Cumplimiento se redirigirá automáticamente al CEO.
Sí, puede consultar el Código de Conducta.
En el proceso de denuncia usted podrá decidir si informa de sus datos personales o no. Si decide no hacerlo, la denuncia será anónima, de modo que el canal no guardará sus datos personales ni su información de contacto. Para poder acceder al canal y realizar un seguimiento de su denuncia solo podrá hacerlo utilizando el código de denuncia facilitado por el canal y la clave de acceso que haya definido durante el proceso de denuncia. El canal es independiente de la empresa y no registra información de la ip desde donde se conecta.
Algunos consejos para conseguir el máximo anonimato, además de informar que la denuncia es anónima son:
•Asegúrese de que en la descripción de la comunicación no incluye información con la que sea fácil identificarle. Lo mismo aplica a los documentos que anexe como posibles pruebas.
•No denuncie desde un ordenador conectado a la red de la empresa, incluido un móvil conectado a la wifi corporativa. Ithikios no registra información, pero antes de llegar a nuestros sistemas debe pasar por los propios sistemas de control como proxy’s o firewalls y puede haber configuraciones que permitan saber a qué servicios se conecta.
•Puede utilizar el navegador de código abierto TOR, que anonimiza la dirección IP.
Por motivos de seguridad, solo el alertador conoce su código de acceso y su clave. Si pierde cualquiera de ellos, no podrá hacer un seguimiento de la comunicación, eso no quiere decir que la comunicación no siga su curso, simplemente que no podrá ver como avanza, ni aportar más información si la empresa lo requiere. Por favor, sea especialmente cuidadoso con su clave de acceso y su código de denuncia y guárdelos en un sitio seguro.
En primera instancia únicamente el Responsable de Cumplimiento podrá acceder a las comunicaciones llegadas al canal. En caso de ser necesaria la colaboración de otras personas o asesorías externos se actuará siempre garantizando la protección del denunciante y denunciado quedando sujetas las personas que intervengan al deber de secreto y a la confidencialidad.